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Muchos días con el estómago hecho un nudo, incapaz de digerir las muestras de apoyo y ánimo que llegan desde todas partes, pero con el convencimiento pleno de que ha llegado el momento de pararse y meditar un poquito la situación de nuestras aulas, colaboro como puedo en la preparación de las movilizaciones del próximo 7 de noviembre.
Artículo de Jesús Galavís Reyes en el Diario HOY de Extremadura. En él reseña algunos documentos que evidencian los cambios habidos en la educación en los últimos tiempos.
A lo largo del siglo XIX era práctica corriente que los alcaldes no pagasen a los maestros y por eso en 1873 el gobernador de Cáceres tuvo que enviar a los alcaldes morosos de 56 pueblos una circular diciéndoles «(...) y porque conozco como V. debe conocer también la civilizadora misión que están llamados a desempeñar en esta nuestra época los maestros de primeras letras, es por lo que me permito excitar el celo de V. para que en el término más breve posible realice el deber ineludible en que se encuentra ese municipio de satisfacer todos sus atrasos al Maestro o Maestros (...)».
¿Será preciso recordar que, a día de hoy, la Junta de Extremadura debe a los docentes de Secundaria todos los atrasos de la mejora salarial firmada en el último acuerdo con los Sindicatos?
Si no recuerdo mal, yo mismo tengo un expediente abierto por decir cosas que no gustaron a las autoridades educativas de la región. ¿No es esto como exigir un cerfificado de buena conducta?Al profesorado se le exigía, no como ahora, que hay que dominar el argot peculiar de la LOGSE y otras modernidades, otras virtudes y requisitos. Y si era docente femenina, la cosa se complicaba: éstas eran algunas de las condiciones que debían cumplir las aspirantes a maestras en la Escuela Normal de Cáceres allá por 1867:
«...) 2°- Fe de bautismo legalizada por la que acrediten no bajan de 17 años de edad ni pasan de 25. 3° - Un certificado de buena conducta moral y religiosa, expedido por el Alcalde y el Cura párroco de su domicilio... 5°- Autorización escrita del padre, tutor o marido, si fuera casada, para dedicarse al magisterio. 6° - Una papeleta que exprese las señas de la casa-habitación de la persona que represente en esta capital al padre, tutor o marido respectivamente...».
Mutatis mutandis, ¿en qué hemos cambiado?